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Análisis jurídico de la eutanasia

Nadie puede renunciar a su libertad, aun en el aberrante caso de que así lo quisiera. Y si la libertad es irrenunciable, ¿cómo no va a serlo la vida, condición que la precede necesariamente?

Dos son los argumentos principales esgrimidos a favor de la eutanasia: 

  1. Yo soy libre incluso para acabar con mi vida.
  2. El sufrimiento insoportable justifica quitar(se) la vida.

Como vemos, el primero funda la eutanasia en la libertad. Dejemos a un lado la suprema ironía de que la mayoría de quienes ahora alegan la libertad, al mismo tiempo la erosionan en infinidad de áreas. Lo esencial aquí es determinar el ámbito y los límites del derecho a la libertad. 

En Primero de Derecho nos enseñaban que el derecho a la vida en caso de conflicto prevalece sobre cualquier otro derecho, porque sin vida no hay sujeto ni por tanto titular de derecho alguno. Por tanto, para que exista un derecho a la libertad, es condición necesaria que previamente exista un sujeto con vida que pueda ser titular de ese derecho a la libertad. En consecuencia, nos planteamos aquí si el derecho a la libertad comprende la facultad de disponer de la propia vida, que precede a la libertad. Si acabamos con la vida, acabamos con la libertad.

Eso nos conduce a la pregunta de si es lícito disponer de la propia libertad. Pues bien, resulta que también en Primero de Derecho nos enseñaban que la libertad es irrenunciable: un contrato de esclavitud resultaría nulo, por considerarse contrario a la moral. Nadie puede renunciar a su libertad, aun en el aberrante caso de que así lo quisiera. Y si la libertad es irrenunciable, ¿cómo no va a serlo la vida, condición que la precede necesariamente? Por tanto, tendríamos que concluir que el derecho a la vida es igualmente irrenunciable.

De hecho, el argumento de que la libertad es absoluta, superior incluso a la vida, permitiendo incluso su autodestrucción, conduciría a considerar lícita no sólo la esclavitud consentida, sino a la necesidad de reconocer un derecho al suicidio irrestricto. Si mi libertad es absoluta, entonces tengo derecho a suicidarme en cualquier momento, y por tanto las restricciones previstas en la ley serían límites arbitrarios a mi libertad. En tal caso, al suicida ya no habría que intentar disuadirle, mucho menos por la fuerza, como hasta ahora acostumbran a hacer policía o bomberos, sino si acaso facilitárselo.

Aún más, tradicionalmente se ha considerado que uno no puede ni siquiera disponer con total libertad de su propio cuerpo: no se admiten lesiones ni aun consentidas, ni se permite, por ejemplo, la venta de los propios órganos. Si la libertad es absoluta, y permite hasta quitarse la vida, con más motivo permitirá extirparse un riñón y venderlo, o permitir a un caníbal devorar alguna parte de mí al estilo Hannibal Lecter (cosa que ha sucedido, hay gente para todo, pero hasta ahora se consideraba ilegal).

Vemos, por tanto, que esa libertad absoluta conduce al absurdo. La vida y la integridad física son bienes superiores e irrenunciables. En cuanto a si el sufrimiento justifica quitar una vida, la cuestión se reduce al tradicional problema de si el fin justifica los medios. Y la respuesta moral ha sido siempre que no, pues la contraria lleva a justificar cualquier aberración si los fines últimos son supuestamente nobles.

Creo que estos razonamientos permiten oponerse a la eutanasia en sí misma sobre una base estrictamente jurídica, desde un punto de vista liberal y de Derecho Natural, sin necesidad de más consideraciones. Aunque desde luego existen otros argumentos accesorios, de menor importancia teórica (aunque de inmensa importancia práctica), en contra.

Por ejemplo, la más que probable vulneración de los derechos de terceros. La experiencia demuestra que los supuestos permitidos por la ley tienden a ampliarse, por lo que cabe esperar que la eutanasia se vaya generalizando, como ha ocurrido en otros países, hasta incluir enfermedades psicológicas, y hasta ser ampliamente utilizada por la población. Ello generará una presión inadmisible sobre enfermos y ancianos, de quienes la sociedad llegará a esperar que recurran a la eutanasia en determinadas circunstancias. Y ello deteriorará asimismo el actual deber moral que perciben familiares, autoridades y toda persona de bien de cuidar de dichas personas. Por ello la eutanasia acabará constituyendo gradualmente la salida fácil y cómoda para todos que se mostrará a toda persona desvalida, que por dicha presión social dejará de tomar la decisión con plena libertad.

Por último, si la justificación para la ley son los casos extremos de sufrimiento insoportable, bastaría con despenalizar el auxilio al suicidio, sin ser necesario crear todo un servicio público de “prestación de ayuda a morir” que además hará vulnerar a los médicos su juramento hipocrático: primum non nocere, ante todo no dañar.

La eutanasia vuelve patas arriba los principios más básicos del Derecho y de la civilización. Y por eso gusta tanto a algunos.

Gabriel Lesenne
Abogado

Esta entrada tiene un comentario

  1. Enhorabuena por el artículo. La exposición es muy clara; incluso un profano en leyes como yo puede entenderlo y ver el sinsentido de la eutanasia.
    Los argumentos, tanto jurídicos como morales, son demoledores. Con unos gobernantes con un mínimo de conciencia y conocimiento de la realidad, ya se habría derogado esta ley.

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