El estado de Tejas ha aprobado una Ley prohibiendo el aborto en caso de que se detecte el latido del corazón del feto (sobre la sexta semana de gestación). Esta Ley, en vigor desde el 1 de septiembre, ha desatado furiosas reacciones por parte de los abortistas.

Categorización diagnóstica del síndrome postaborto
Categorización diagnóstica del síndrome postaborto
Por: Carmen Gómez Lavín
Uno de los problemas de mayor actualidad hoy en día es el constituido por el aborto provocado, también conocido como aborto intencionado o “voluntario”. Se trata de un complejísimo tema que añade a su vertiente estrictamente médica, otras de carácter psicológico, jurídico, moral, sociológico, religioso, demográfico, etc.
A pesar de que pocos asuntos médicos tienen tan fuertes implicaciones sociológicas, políticas, culturales, morales, etc., como el aborto, son innumerables las dificultades para valorar adecuadamente los efectos psicopatológicos porque:
- no es fácil la elaboración estadística de los datos;
- apenas existen valoraciones médicas sistemáticas de las pacientes tras el aborto;
- generalmente las mujeres que hanabortado no suelen ser propicias a seguir relacionándose con el médico que les realizó el aborto, ni a querer hablar de ello.
Con todo, después de años de subestimar y de negar los efectos psicopatológicos del aborto, la sociedad científica, ante la evidencia de una variedad de trastornos, comienza ahora a admitir la existencia de secuelas tras abortos voluntarios. Así, incluso Planned Parenthood -que como es sabido es la mayor prooveedora de abortos de EE.UU. – ha confirmado la incidencia del síndrome postaborto; y diversas organizaciones abortistas han desarrollado sus propios programas para responder a dicho trastorno como una necesidad real (bien es cierto que intentan demostrar que el trauma estaría creado por las protestas de los pro-Vida y, en general, de los que se oponen al aborto).
Con objeto de asignar categoría diagnóstica al síndrome postaborto (SPA) se estudian -mediante historia clínica vivencial y exploración psicopatológica estandarizada- diez pacientes con dicho síndrome, se realiza el diagnóstico según criterios DSM-IV y CDI-10 y se analizan cualitativamente los síntomas más significativos. Se comprueba que, aunque los síntomas del SPA coinciden en general con los de los diversos trastornos psicopatológicos adaptativos, en los diez casos de SPA estudiados se cumplen los criterios diagnósticos de trastorno postraumático. Además, las pacientes con SPA presentan, algunos síntomas de especial interés cualitativo como reiterados y persistentes sueños y pesadillas relacionados con el aborto, intensos sentimientos de culpa y la “necesidad de reparar”. Se concluye que el SPA debe considerarse un tipo más de estrés postraumático, aunque con características propias muy relevantes a la hora de la comprensión vivencial del paciente y de la intervención psicoterápica.
CategorizaciondiagnosticadelSPA